El fiscal General de Quintana Roo, Oscar Montes de Oca Rosales, además de convertir la Fiscalía en una fuente de empleo personal y para el grupo de “los chilangos” que él trajo tan pronto tomó posesión, es un violador del artículo 221 del Código Penal Federal, por lo que la Fiscalía General del a República y la propia Fiscalía Anticorrupción del Estado, deberían iniciarle un proceso penal.
En base a la información que ha llegado a este portal de noticias “Crítica de Quintana Roo”, el director Administrativo (que mueve todo el dinero) de la Fiscalía General del Estado, Cesar Octavio Ayerdi Hernández, resultó cuñado del fiscal Montes de Oca Rosales, y por si fuera poco, el primero de los mencionados tiene en nómina a José Pablo García Lugo, cobrando un salario muy generoso de más de 20 mil pesos mensuales.
Hay que recordar a los demás funcionarios del grupo de “Chilangos”: Carlos Maya Girón, vicefiscal en la Zona Sur, tiene nombrada a su esposa Marcela Murillo Herrera, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Libertad Sexual y Libre Desarrollo de la Personalidad, en la misma zona. El primero con un salario quincenal de cinco mil 250 pesos, más 29 mil 867 pesos de compensación, es decir, 35 mil 117 quincenales (65 mil pesos mensuales), en tanto su mujer a la quincena 11 mil (22 mil pesos mensuales). Esta pareja de chilangos gana a costilla de los quintanarroenses 87 mil pesos mensuales.
Asimismo, con un sueldo favorable a la directora de Comunicación Social, Mónica de Ávila Lozano, quien gana ocho mil 692 pesos mensuales, y 33 mil 778 de compensación (en total 42 mil 470 mensuales); además, tiene trabajando en la misma oficina de fotógrafo a su pareja sentimental, y percibe un salario de más de 20 mil pesos mensuales, aún cuando existen empleadas ganando cinco mil pesos desde hace más de 20 años, y trabajan el triple que él.
Dentro de esta fuente de empleo familiar en la Fiscalía, también están los hermanos Adrián y Roberto Damián de apellidos Reyna Hernández, asignados en la Policía Ministerial y dedicados a espiar a los empresarios y políticos.
Articulo 221 del Código Penal Federal: El servidor público que por sí o por interpósita persona indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución o realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para si o para cualquiera de las personas a que hace referencias. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido.