La reforma al Código Penal permite que ante la intromisión de delincuentes a un domicilio, el ciudadano pueda defenderse sin ser procesado penalmente. Quedó aprobada la figura de la legítima defensa en la reforma al Código Penal, lo cual permitirá que ante la intromisión de algún intruso a la vivienda (ladrón, delincuente, o no) que atente contra la integridad física o bienes patrimoniales, el morador podrá defenderse sin ser procesado penalmente. La propuesta fue votada por unanimidad y permitirá que, en el caso de algún asalto o robo con violencia dentro de su domicilio, la víctima podrá golpear, lesionar, incluso matar al delincuente y estará amparado por la Ley. La diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo, integrante de la comisión, señaló que de acuerdo a la aprobación, quien se encuentre en su domicilio podrá repeler la agresión, “cuando un intruso llegue a una casa habitación, quien esté en la casa pueda repeler esa agresión, de cualquier manera bajo cualquier circunstancia y utilizando los mecanismos o los elementos que tenga a la mano, además, de ninguna manera puede ser imputado penalmente”. García Muñoz, aclaró que la iniciativa aprobada solamente garantiza la legítima defensa en viviendas y no en negocios o automóviles propiedad de la víctima, aunque se prevé que en un futuro se pueda aplicar a los negocios y vehículos.
POLICÍAS QUE ALLANAN DOMICILIO NO ESTÁN EXENTOS Sin embargo, esta nueva ley que aprobaron no es exclusivamente para los delincuentes, sino que aplica para aquellos policías que acostumbran a allanar domicilios aprovechándose del uniforme para cometer abuso de autoridad, con la finalidad de robar y atentar contra la integridad física del habitante. “La gran ventaja de esta reforma es que cuando ingresen a tu domicilio con la finalidad de agredirte, se podrá utilizar cualquier mecanismo de defensa, así sea un supuesto policía que entre a robar o agredirte”. (CORTESÍA)