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Pisa la prisión otro ex funcionario priista; está acusado de peculado

Mediante una orden de aprehensión, fue internado en la cárcel de Solidaridad el ex funcionario Felipe de Jesús Castillo Meseta, acusado del delito de peculado, y quien estuvo como director de Egresos dentro del gobierno de Mauricio Gongora Escalante. La Vicefiscalía en la Zona Norte informó que el sujeto antes mencionado, fue detenido por agentes ministeriales, la madrugada de este domingo cerca de su domicilio, luego que el ministerio público reunió todas las pruebas pertinentes para presentarlo ante un juez de Control. El imputado, es uno de los ex funcionarios denunciados por la actual presidenta municipal de Solidaridad, Cristina Torres Gómez, a raíz que al entrar a gobernar, encontró una serie de anomalías en los recursos económicos, es decir, presuntamente participó en el desvió de recursos superior al medio millón de pesos. Jesús Castillo Meseta, es el primer ex funcionario detenido mediante una orden de aprehensión, de los allegados al ex presidente municipal Mauricio Gongora Escalante, por lo que podrían caer más, incluyendo al propio ex munícipe que encabezó estos desfalcos al Ayuntamiento de Solidaridad, los dejó prácticamente en la ruina con los recursos económicos.

CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO

CAPÍTULO II

PECULADO

ARTÍCULO 256. Comete el delito de peculado:

I. Todo servidor público que para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito, en posesión o por otra causa.

Al que cometa el delito de peculado se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de cien a doscientos días multa.

Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.

Cuando los recursos materia del peculado sean aportaciones federales para los fines de 105 seguridad pública se aplicará hasta un tercio más de las penas señaladas en los párrafos anteriores.

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